Hola Nach,
Yo tendria mucho cuidado con escribir ciertas cosas que ni son correctas y con jugar al gato y al raton con la hacienda española que os esta esperando con la escopeta cargada, dudo mucho que puedas reclamar ni un solo centimo de los 50.000€ de la multa que te va a calzar la hacienda española a estos, que te estan escribiendo consejos que legamente no les vincula, una hacienda la cual primera sanciona y luego pregunta, ni van a estar contigo en las noches que te vas a pasar sin pegar ojo dando vueltas en la cama cuando te toquen a tu puerta los de hacienda, porque no pusiste tu dolibarr con uno de los 3 modulos de verifactu que tienes en el mercado que cumplen legalmente con verifactu y la declaracion responsable, porque cualquiera puede hacer el modulo verifactu, pero aqui de lo que se trata es de poner la cara a nivel juridico, recuerda este post cuando te llegue la multa y la inspeccion, nadie te va a ayudar, y todos ellos se van a lavar las manos, es muy probable que desaparezcan, seras tu quien lo pagues con tu bolsillo, no ellos, no lo olvides.
Mucha suerte,
Dolibarr i Verifactu en España
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mikelpastor
- Novato
- Mensajes: 1
- Registrado: Vie, 14/11/2025, 20:36
Es importante puntualizar algo clave de la normativa:
todas las empresas deben acogerse obligatoriamente a uno de los dos sistemas reconocidos por el RD 1007/2023.
No existe un tercer escenario ni la opción de no utilizar ninguno.
Los dos sistemas son:
1. Sistema VeriFactu
El software cumple el RSIF y además envía cada factura a la AEAT en el momento de su expedición.
2. Sistema No-VeriFactu
El software también cumple el RSIF:
• hash
• XML de registro
• QR
• firma
• inalterabilidad
Pero no envía las facturas en tiempo real, sino que conserva los registros para cuando Hacienda los requiera.
En cualquier caso:
el RSIF es obligatorio SIEMPRE, independientemente del sistema elegido.
Desde EasySoft:
Nuestro módulo actualmente es compatible únicamente con el sistema VeriFactu.
Estamos trabajando en la implementación completa del sistema No-VeriFactu, que ya se encuentra en pruebas internas y esperamos tener disponible a principios del próximo año.
Hasta donde sabemos, no existe hoy ningún módulo operativo para Dolibarr que cumpla técnicamente con el sistema No-VeriFactu de forma íntegra conforme al RD 1007/2023.
Dado que has mencionado que has subido una solución a GitHub, por pura claridad normativa:
¿tu implementación cumple todos los requisitos del sistema No-VeriFactu del RD 1007/2023?
(Registro completo, hash encadenado, XML RSIF, QR normativo, control de inalterabilidad, firma, trazabilidad documental y envio bajo demanda).
Me interesaría charlas contigo por privado varios puntos si tu código si cumple con el sistema No-VeriFactu.
Un saludo.
todas las empresas deben acogerse obligatoriamente a uno de los dos sistemas reconocidos por el RD 1007/2023.
No existe un tercer escenario ni la opción de no utilizar ninguno.
Los dos sistemas son:
1. Sistema VeriFactu
El software cumple el RSIF y además envía cada factura a la AEAT en el momento de su expedición.
2. Sistema No-VeriFactu
El software también cumple el RSIF:
• hash
• XML de registro
• QR
• firma
• inalterabilidad
Pero no envía las facturas en tiempo real, sino que conserva los registros para cuando Hacienda los requiera.
En cualquier caso:
el RSIF es obligatorio SIEMPRE, independientemente del sistema elegido.
Desde EasySoft:
Nuestro módulo actualmente es compatible únicamente con el sistema VeriFactu.
Estamos trabajando en la implementación completa del sistema No-VeriFactu, que ya se encuentra en pruebas internas y esperamos tener disponible a principios del próximo año.
Hasta donde sabemos, no existe hoy ningún módulo operativo para Dolibarr que cumpla técnicamente con el sistema No-VeriFactu de forma íntegra conforme al RD 1007/2023.
Dado que has mencionado que has subido una solución a GitHub, por pura claridad normativa:
¿tu implementación cumple todos los requisitos del sistema No-VeriFactu del RD 1007/2023?
(Registro completo, hash encadenado, XML RSIF, QR normativo, control de inalterabilidad, firma, trazabilidad documental y envio bajo demanda).
Me interesaría charlas contigo por privado varios puntos si tu código si cumple con el sistema No-VeriFactu.
Un saludo.
EasySoft Tech S.L. — módulos, adaptaciones, integraciones y ERP en la nube sobre Dolibarr
Contabilidad ES (EasyConta), VeriFactu, SII, Facturae y API REST.
https://easysoft.es | Guías: https://wiki.easysoft.es
Contabilidad ES (EasyConta), VeriFactu, SII, Facturae y API REST.
https://easysoft.es | Guías: https://wiki.easysoft.es
Actualizo ese mensaje, porque lo que decía ya ha cambiado. Comenté que el módulo era compatible solo con VeriFactu y que el No-VeriFactu lo teníamos en pruebas internas, con idea de sacarlo a principios de año. Ya está disponible: el módulo implementa los dos sistemas completos. En No-VeriFactu firma los registros y los custodia en tu servidor con lo que pide el RD 1007/2023 (hash encadenado, XML de registro, QR normativo, inalterabilidad y respuesta a requerimiento); en VeriFactu los remite a la AEAT al expedirlos. Y se puede cambiar de un modo a otro cuando quieras, que es lo que suele interesar: seguir en custodia local hoy y activar el envío cuando toque.
De paso, si alguien llega al hilo buscando plazos: las fechas de enero y julio de 2026 que se manejan al principio eran las que había cuando se escribieron, pero el RDL 15/2025 las movió al 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y al 1 de julio de 2027 para el resto. Lo que sí es obligatorio desde el principio es el RSIF; remitir cada factura a la AEAT es voluntario.
Lo tenemos desglosado requisito por requisito aquí, por si ayuda: https://easysoft.es/es/verifactu-dolibarr/
Un saludo.
De paso, si alguien llega al hilo buscando plazos: las fechas de enero y julio de 2026 que se manejan al principio eran las que había cuando se escribieron, pero el RDL 15/2025 las movió al 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y al 1 de julio de 2027 para el resto. Lo que sí es obligatorio desde el principio es el RSIF; remitir cada factura a la AEAT es voluntario.
Lo tenemos desglosado requisito por requisito aquí, por si ayuda: https://easysoft.es/es/verifactu-dolibarr/
Un saludo.
EasySoft Tech S.L. — módulos, adaptaciones, integraciones y ERP en la nube sobre Dolibarr
Contabilidad ES (EasyConta), VeriFactu, SII, Facturae y API REST.
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Contabilidad ES (EasyConta), VeriFactu, SII, Facturae y API REST.
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